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Viernes, 06 Mayo 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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Aprobado definitivamente el Presupuesto general del Ayuntamiento de Millana para el 2016, y publicado en el BOP de Guadalajara con fecha de 30 de marzo de 2016, n.º 39, se hace necesaria la corrección de errores en los capítulos 4 y 6 del Estado de Gastos, por lo que se publica el resumen del mismo por capítulos:

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Ayuntamiento de Millana

 

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CORRECCIÓN DE ERRORES

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Aprobado definitivamente el Presupuesto general del Ayuntamiento de Millana para el 2016, y publicado en el BOP de Guadalajara con fecha de 30 de marzo de 2016, n.º 39, se hace necesaria la corrección de errores en los capítulos 4 y 6 del Estado de Gastos, por lo que se publica el resumen del mismo por capítulos:

RESUMEN PRESUPUESTO DE MILLANA EJERCICIO 2016

ESTADO DE INGRESOS

CAPÍTULO 1: Impuestos directos

46.700,00

CAPÍTULO 2: Impuestos indirectos

0,00

CAPÍTULO 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos

34.140,00

CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes

24.375,00

CAPÍTULO 5: Ingresos patrimoniales

9.530,00

CAPÍTULO 6: Enajenación de inversiones reales

0,00

CAPÍTULO 7: Transferencias de capital

0,00

CAPÍTULO 8: Activos financieros

0,00

CAPÍTULO 9: Pasivos financieros

0,00

TOTAL:

114.745,00

   

ESTADO DE GASTOS

CAPÍTULO 1: Gastos de personal

25.513,00

CAPÍTULO 2: Gastos corrientes en bienes y servi­cios

75.481,00

CAPÍTULO 3: Gastos financieros

221,00

CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes

3.220.00

CAPÍTULO 6: Inversiones reales

0,00

CAPÍTULO 7: Transferencias de capital

0,00

CAPÍTULO 8: Activos financieros

0,00

CAPÍTULO 9: Pasivos financieros

10.310,00

TOTAL:

114.745,00

PLANTILLA DE PERSONAL

N.º DE ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA PLAZA

GRUPO

N.º DE PUESTOS

OBSERVACIONES

1

SECRETARIA-INTERVENTORA

A1

1

AGRUPACIÓN 4

MUNICIPIOS

2

AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO

 

1

SUBVENCIÓN AYUDA A DOMICILIO

3

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

 

1

AGRUPACIÓN 4 MUNICIPIOS

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los ar­tícu­los 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y los plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Millana a 30 de marzo de 2016.– La Alcaldesa, María Soledad Lope Pardo.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Corrección de errores
  • Municipios: Millana
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