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Miércoles, 10 Julio 2013 00:00

SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN Guadalajara

3149

?Contra las resoluciones que no agotan la vía administrativa podrá interponerse recurso ordinario ante el Sr. Ministro de Interior dentro del plazo del mes, contado desde el día de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte que una vez transcurrido dicho plazo, sin que la sanción haya sido abonada y una vez sea firme la resolución en vía administrativa, se continuará la tramitación que corresponda para proceder a su exacción por vía ejecutiva.?

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3149

CORRECCIÓN DE ERRORES

En el BOP n.º 67 de fecha 5 de junio de 2013 se publica anuncio de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, notificación sobre procedimientos sancionadores incoados a:

N.º EXPTE.

DNI

NOMBRE Y APELLIDOS

LEGISLACIÓN

74/2013

03202588E

CRISTOFER MORENO MARTÍN

LO 1/1992 - 25.1

84/2013

09028746G

JOSÉ LUIS RUIZ OLALLA

LO 1/1992 - 25.1

205/2013

X2622147D

MOHAMED EZZITI

LO 1/1992 - 25.1

391/2013

X2645172B

AOUTHMAN EL IDRISSI

LO 1/1992 - 25.1

MOHAMED EZZITI

AOUTHMAN EL IDRISSI

Donde dice:

“Contra las resoluciones de recurso de alzada que ponen fin a la vía administrativa, art. 109 a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de notificación de la presente, de conformidad con lo previsto en el art. 46.1 de la Ley anteriormente citada. Se advierte que una vez dicho plazo sin que la sanción haya sido abonada, se continuará la tramitación que corresponda para proceder a su exacción por la via ejecutiva.”

Debe decir:

“Contra las resoluciones que no agotan la vía administrativa podrá interponerse recurso ordinario ante el Sr. Ministro de Interior dentro del plazo del mes, contado desde el día de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte que una vez transcurrido dicho plazo, sin que la sanción haya sido abonada y una vez sea firme la resolución en vía administrativa, se continuará la tramitación que corresponda para proceder a su exacción por vía ejecutiva.”

Guadalajara, 20 de junio de 2013.– El Delegado del Gobierno, P.D., el Subdelegado del Gobierno (Resolución 18/04/06, DOCM 18/04/06), Juan Pablo Sánchez Sánchez-Seco.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Corrección de errores
  • Municipios: Guadalajara
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