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Jueves, 06 Octubre 2022 08:10

POR RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA NÚM. 1118/2022 DE FECHA 04/10/2022 DE ESTE AYUNTAMIENTO, SE APROBÓ LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO CORRESPONDIENTE A LA/S PLAZA/S QUE A CONTINUACIÓN SE RESEÑAN PARA EL AÑO 2022

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Por Resolución de Alcaldía n.º 1118/2022 de fecha 04/10/2022 de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de empleo público correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan para el año 2022.
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AYUNTAMIENTO DE TORIJA


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Mediante Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, siendo un expediente extemporáneo debido al cese de la anterior Secretaria Interventora del Ayuntamiento, correspondiente a la plaza que a continuación se reseña:

PERSONAL LABORAL:

Plazas afectadas

Régimen de estabilización

Nº plazas

Administrativa

D. A. sexta

1

-

Artículo 2.1

0

TOTAL

1

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Torija, en el Boletín Oficial de la Provincia.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Torija a 4 de octubre de 2022. Firmado el Alcalde D. Rubén García Ortega

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Empleo
  • Municipios: Torija
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