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Lunes, 30 Mayo 2022 08:05

APROBACIÓN DE LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO PARA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL

1716

APROBACIÓN DE LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO PARA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
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AYUNTAMIENTO DE ANGUITA


1716

 

Mediante Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan:

1. PERSONAL LABORAL

DENOMINACIÓN

N.ºDE PLAZAS

JORNADA

Auxiliar Administrativo

1

Jornada Completa

PLAZAS AFECTADAS POR EL PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN A INCLUIR EN LA OEP EXTRAORDINARIA:

            D. A. sexta y octava de la Ley 20/2021

DENOMINACIÓN ACTUAL

NUEVA DENOMINACIÓN

VÍNCULO

Nº PLAZAS

FECHA DE ADSCRIPCIÓN

Auxiliar Administrativo

Auxiliar Administrativo

Laboral fijo

1

Anterior al 1 enero de 2016

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Anguita, en el Boletín Oficial de la Provincia.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

En Anguita a 14 de mayo de 2022. Fdo. El alcalde. Pedro Martínez Martínez

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  • Tipo de anuncio: Empleo
  • Municipios: Anguita
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