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Miércoles, 21 Enero 2015 00:00

CONSORCIO PARA EL Servi­cio DE PREVENCION, EXTINCION DE INCENDIOS, PROTECCION CIVIL Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA de Guadalajara

179

De conformidad con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; en el ar­tícu­lo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el ar­tícu­lo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública establecido (BOP de Guadalajara n.º 152, de 19 de diciembre de 2014), ha quedado definitivamente aprobado el Presupuesto del Consorcio para el Servi­cio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento de la provincia de Guadalajara para el ejercicio económico de 2015, aprobado por la Asamblea general, en sesión de fecha 16 de diciembre de 2014, y cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

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179

Edicto

A.- PRESUPUESTOS

De conformidad con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; en el ar­tícu­lo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el ar­tícu­lo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública establecido (BOP de Guadalajara n.º 152, de 19 de diciembre de 2014), ha quedado definitivamente aprobado el Presupuesto del Consorcio para el Servi­cio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento de la provincia de Guadalajara para el ejercicio económico de 2015, aprobado por la Asamblea general, en sesión de fecha 16 de diciembre de 2014, y cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

ESTADO DE GASTOS

Capítulos

Denominación

 
 

A) OPERACIONES CORRIENTES

5.204.267,76

1

Gastos de personal

4.645.021,71

2

Gastos en bienes corrientes y servicios

558.746,05

3

Gastos financieros

500,00

4

Transferencias corrientes

0,00

 

B) OPERACIONES DE CAPITAL

385.000,00

6

Inversiones reales

385.000,00

7

Transferencias de capital

0,00

 

C) OPERACIONES FINANCIERAS

30.000,00

8

Activos financieros

30.000,00

9

Pasivos financieros

0,00

 

TOTAL GASTOS

5.619.267,76

     

ESTADO DE INGRESOS

Capítulos

Denominación

 
 

A) OPERACIONES CORRIENTES

5.589.267,76

1

Impuestos directos

0,00

2

Impuestos indirectos

0,00

3

Tasas y otros ingresos

35.000,00

4

Transferencias corrientes

5.552.267,76

5

Ingresos patrimoniales

2.000,00

 

B) OPERACIONES DE CAPITAL

0,00

6

Enajenación de inversiones reales

0,00

7

Transferencias de capital

0,00

 

C) OPERACIONES FINANCIERAS

30.000,00

8

Activos financieros

30.000,00

9

Pasivos financieros

0,00

 

TOTAL INGRESOS

5.619.267,76

B.- PLANTILLA DE PERSONAL.

De conformidad con el ar­tícu­lo 127 del Real decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, y al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública establecido, se publica la Plantilla de personal del Consorcio para el Servi­cio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento de la Provincia de Guadalajara, aprobada por la Asamblea general, en sesión de fecha 16 de diciembre de 2014:

Denominación plazas

Número

Grupo

Clase

ESCALA HABILITADOS ESTATALES

     

Subescala Secretario-Interventor

     

- Secretario-Interventor

1

A1

Habilitado estatal

       

ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

     

Subescala Servicios especiales

     

- Jefe del Servicio Extinción de Incendios

1

A1

Serv. Ext. Incendios

- Oficial Técnico

3

A2

Serv. Ext. Incendios

- Sargento Jefe de Parque.

4

C1

Serv. Ext. Incendios

- Cabo Jefe de Dotación.

18

C2

Serv. Ext. Incendios

- Bombero-conductor-mecánico.

67

C2

Serv. Ext. Incendios

       

Subescala Técnica

     

- Técnico en Administración.

1

A1

Superior

       

ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL

     

Subescala Administrativa

     

- Administrativo

2

C1

 

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el ar­tícu­lo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 43 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá, por sí sola, la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Guadalajara a 14 de enero 2014.– La Presidenta, Ana C. Guarinos López.

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