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Viernes, 09 Enero 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

4885

Procedimiento ordinario 1095/2013-C Demandante/s: D./D.ª Antonio del Amo Cortijo

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Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara

 

4885

NIG: 19130 44 4 2013 0203034

N81291

Procedimiento ordinario 1095/2013-C

Procedimiento origen:

Sobre ordinario

Demandante/s: D./D.ª Antonio del Amo Cortijo

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª Alquiler de Medios Auxiliares de la Construcción, S.L., FOGASA

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ordinario 1095/2013-C de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Antonio del Amo Cortijo contra Alquiler de Medios Auxiliares de la Construcción, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que estimo la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por Antonio del Amo Cortijo contra Alquiler de Medios Auxiliares de la Construccion, S.L. y condeno a la citada empresa a que abone al actor la cuantía bruta de 2.457,59 € de principal y 245,75 € de interés moratorio.

Que condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por el anterior pronunciamiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y contra ella no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Ilmo. Sr. José Rafael García de la Calle, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara.»

Y para que sirva de notificación en legal forma a Alquiler de Medios Auxiliares de la Construcción, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a nueve de diciembre de dos mil catorce.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

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