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Miércoles, 25 Febrero 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

427

Procedimiento origen: Procedimiento ordinario 1309/2012 Demandante/s: D./D.ª Anderson de Andrade Schmitt

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

427

NIG: 19130 44 4 2013 0101912

N28150

Ejecución de títulos judiciales 122/2014 jam

Procedimiento origen: Procedimiento ordinario 1309/2012

Sobre ordinario

Demandante/s: D./D.ª Anderson de Andrade Schmitt

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª Club Unión Deportiva Guadalajara FS, Santiago Ranz Sancho

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

EDICTO

D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 122/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Anderson de Andrade Schmitt, contra la empresa Club Unión Deportiva Guadalajara FS, Santiago Ranz Sancho, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.

En Guadalajara a siete de enero de dos mil quince.

Queda pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 25.200 euros de principal y 5.040 euros en concepto de intereses y costas y no habiendo encontrado bienes suficientes y de conformidad al art. 276.1 de la LJS, acuerdo:

Dar audiencia a Anderson de Andrade Schmitt y al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo máximo de quince días, insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria designando en tal caso bienes concretos del deudor sobre los que despachar ejecución.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el ar­tícu­lo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

El/La Secretario/a Judicial

Y para que sirva de notificación en legal forma a Santiago Ranz Sancho, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a siete de enero de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

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