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Miércoles, 25 Febrero 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

475

Mediante Decreto de Alcaldía n.º 138/2014, de 9 de diciembre, se ha resuelto la adhesión del Ayuntamiento de Loranca de Tajuña al punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público, y en concreto conforme a la disposición adicional sexta de la anterior Ley.

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Ayuntamiento de Loranca de Tajuña

 

475

Edicto

Mediante Decreto de Alcaldía n.º 138/2014, de 9 de diciembre, se ha resuelto la adhesión del Ayuntamiento de Loranca de Tajuña al punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público, y en concreto conforme a la disposición adicional sexta de la anterior Ley.

En las bases de ejecución del Presupuesto municipal para 2015 (base 17), se excluye de la obligación de facturación electrónica, las facturas cuyo importe IVA incluido, no exceda de 5.000,00 €.

En Loranca de Tajuña a 5 de febrero de 2015.– El Alcalde, Miguel García Maroto.

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  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Loranca de Tajuña
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