Imprimir esta página
imagen no encontrada
Lunes, 09 Marzo 2015 00:00

Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara

860

Aprobada la matrícula de contribuyentes relativa a las Tasa por prestación del Servi­cio de recogida de basuras, correspondiente al tercer cuatrimestre del ejercicio 2014, queda expuesta al público en las oficinas de este Excmo. Ayuntamiento, a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Descargar pdf Anuncio

Economía y Hacienda

 

860

SECCIÓN PRIMERA RENTAS

Edicto

Aprobada la matrícula de contribuyentes relativa a las Tasa por prestación del Servi­cio de recogida de basuras, correspondiente al tercer cuatrimestre del ejercicio 2014, queda expuesta al público en las oficinas de este Excmo. Ayuntamiento, a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

La exposición al público de la matrícula producirá los efectos de notificación de las liquidaciones contenidas en la misma, a los fines de la notificación colectiva prevista en el ar­tícu­lo 102.3, de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, pudiéndose interponer contra dichos actos recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la finalización del periodo voluntario de pago.

Periodo de pago:

Pago en periodo voluntario: En aplicación del art. 62.3 del citado texto legal, queda fijado el siguiente plazo de ingreso en período voluntario de la Tasa por prestación del Servi­cio de recogida de basuras, correspondiente al tercer cuatrimestre del ejercicio 2014:

Del 20 de marzo de 2015, al 20 de mayo de 2015.

Pago en periodo ejecutivo: Transcurridos los plazos anteriormente señalados, las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio del 20%, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. No obstante este recargo será del 5% una vez vencido el periodo en voluntaria hasta la notificación de la providencia de apremio, y se cobrará el recargo de apremio reducido del 10%, desde la notificación de la providencia de apremio hasta la finalización del plazo marcado por el ar­tícu­lo 62.5 de la Ley 58/2003 General Tributaria, de 17 de diciembre.

Se recuerda la posibilidad y conveniencia de utilizar la modalidad de domiciliación bancaria.

Lugar de pago:

El ingreso deberá efectuarse en cualquier sucursal de las entidades colaboradoras que a continuación se relacionan, en el horario de atención al público que cada entidad tenga establecido, acompañando el juego de impresos que recibirán a tal fin en su domicilio.

Entidades colaboradoras:

Ibercaja, Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, Banco de Castilla-La Mancha, Bankia, La Caixa, Abanca, Caja Rural Castilla-La Mancha, BBVA, Banco Santander y Banco Sabadell.

Duplicados:

Los contribuyentes que no reciban los documentos de cobro pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas de la entidad gestora La Caixa para solicitarlos.

Guadalajara, 4 de marzo de 2015.– El Concejal Delegado de Hacienda, Alfonso Esteban Señor.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Guadalajara
Visto 246 veces