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Viernes, 10 Abril 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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Visto que, con fecha 5 de marzo de 2014, mediante Providencia de Alcaldía se inició la incoación de expediente por Baja de oficio en el Padrón de habitantes de Chiloeches, por causa de inclusión indebida, a causa del posible incumplimiento de los requisitos para estar inscrito en el Padrón municipal de habitantes, enumerados en el ar­tícu­lo 54 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en la inscripción de las personas que a continuación se relacionan:

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Ayuntamiento de Chiloeches

 

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Edicto

Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación realizados, en relación con el expediente relativo a la baja de oficio en el padrón municipal por inscripción indebida, se procede a practicarla a través del presente anuncio, así por Resolución de Alcaldía de 20 de marzo de 2015, se acordó lo siguiente:

«RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Visto que, con fecha 5 de marzo de 2014, mediante Providencia de Alcaldía se inició la incoación de expediente por Baja de oficio en el Padrón de habitantes de Chiloeches, por causa de inclusión indebida, a causa del posible incumplimiento de los requisitos para estar inscrito en el Padrón municipal de habitantes, enumerados en el ar­tícu­lo 54 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en la inscripción de las personas que a continuación se relacionan:

NOMBRE Y APELLIDOS

DOCUMENTO IDENTIFICATIVO

DIRECCIÓN

Boyan Bratoev Aleksandrov

609084613

C/ Los Alamos 495

Paulo Jorge Parreira Batista

10067958

C/ Los Alamos 495

Cristian Florin Virva

XB329973

C/ Solanilla, 7

Gheorghe Alin Tofan

X08538491V

C/ La Luna, 34

Sandra Catarina Anastacio Mestre

X09804045L

C/ Zamarrilla, 1

Filipe Simoes dos Santos

X09804109Z

C/ Zamarrilla, 1

Ahmed Assoul

X04335899P

C/ La Luna, 27

Luis Ariel Morales

X03706621X

C/ La Luna, 41

George Cristian Baloi

Y00252539J

Lugar Alberjal s/n

Andrezej Potiopa

X01216360M

C/ Csta de la Torre, 3

Visto que se ha dado un plazo de quince días de audiencia a los interesados, sin que se hayan presentado alegaciones.

Visto el expediente en el que constan, por una parte, las diligencias suscritas por el Sr. Alguacil municipal, en las que deja constancia de su presencia en los domicilios indicados, en distintos días y horas sin que se halle nadie en los mismos y, por otra, las declaraciones de los habitantes indicando que las personas interesadas no habitan en ese domicilio.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría y, de conformidad con el ar­tícu­lo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO:

PRIMERO. Practicar la notificación a los interesados a través de los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, al haber resultados infructuosos los intentos de notificación practicados, dando con ello cumplimiento a lo dispuesto en el ar­tícu­lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

SEGUNDO. Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión ordinaria que se celebre».

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Chiloeches, de conformidad con los ar­tícu­los 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el ar­tícu­lo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Chiloeches a 20 de marzo de 2015.– El Alcalde, César Urrea Miedes.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Chiloeches
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