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Viernes, 17 Abril 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1297

Delito/Falta: Hurto (conductas varias)Denunciante/Querellante: José Luis Paniagua Medina, Sociedad Agraria de Transformación 6061, Comercial Agropecuaria Alcarreña

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Juzgado de Instrucción número tres de Guadalajara

 

1297

Juicio de faltas 1434/2014

NIG: 19130 43 2 2014 0176873

Delito/Falta: Hurto (conductas varias)

Denunciante/Querellante: José Luis Paniagua Medina, Sociedad Agraria de Transformación 6061, Comercial Agropecuaria Alcarreña

Procurador/a:

Abogado:

Contra: Nicusor Valentin Mutu, Ion Nicolitoiu

Procurador/a:

Abogado: María Dolores García Robles

Edicto

D.ª María Tenorio Ríos, Secretaria del Juzgado de Instrucción número 3 de Guadalajara.

HAGO SABER:

Que en el juicio de faltas n.º 1434/2014, que se sigue en este Juzgado de Instrucción n.º 3 de Guadalajara a instancia de (…) contra D. Nicosur Valentin Mutu e Ionnicolitoiu, se ha dictado la sentencia n.º 12/2015 cuyo fallo es como sigue:

«Sentencia n.º 12/2015

En Guadalajara a 14 de enero de 2015.

Don Jesús Manuel Villegas Fernández, Juez del Juzgado de Instrucción número tres de Guadalajara, ha visto los presentes autos que se siguen en este Juzgado con el número 1434/14 y en el que han participado:

Como denunciante: (…)

Como actor civil: (…)

Como denunciados: Don Nicusor Valentín Mutu y don Ion Nicolitou.

Ha intervenido el Ministerio Fiscal.

FALLO

Que condeno a don Nicusor Valentín Mutu, como autor de una falta contra él patrimonio a la pena de 30 (treinta) días multa, con una cuota de 6 (seis) euros, lo que arroja un total de 180 (ciento ochenta) euros con una responsabilidad personal subsidiaria de 15 (quince) días de privación de libertad en caso de incumplimiento, no obstante lo que se establezca en liquidación de condena.

Que condeno a don Ion Nicolitoiu como autor de una falta contra el patrimonio a la pena de 30 (treinta) días multa, con una cuota de 6 (seis) euros, lo que arroja un total de 180 (ciento ochenta) euros con una responsabilidad personal subsidiaria de 15 (quince) días de privación de libertad en caso de incumplimiento, no obstante lo que se establezca en liquidación de condena.

Que condeno a don Nicusor y a don Ion a que paguen a la sociedad agraria de transformación (…) la cantidad de 240 (doscientos cuarenta) euros como indemnización por los perjuicios causados.

Que impongo a la parte condenada el pago de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme, sino recurrible en apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así lo ordeno, mando y firmo. Jesús Manuel Villegas Fernández Juez del Juzgado dé Instrucción número tres de Guadalajara.»

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D. Nicosur Valentín Mutu e Ion Nicolitoiu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Guadalajara, expido la presente en Guadalajara a veinte de marzo de dos mil quince.– El/La Secretario, rubricado.

Información adicional

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  • Municipios: Guadalajara
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