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Viernes, 17 Abril 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1295

Seguridad Social 501/2014-2Demandante/s: D./D.ª José María Lara Clemente

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

1295

NIG: 19130 44 4 2014 0000492

N28150

Seguridad Social 501/2014-2

Procedimiento origen:

Sobre Seguridad Social

Demandante/s: D./D.ª José María Lara Clemente

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª INSS y otros

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Seguridad Social 501/2014-2 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª José María Lara Clemente, contra la empresa MC MUTUAL, ASEPEYO, INSS, TGSS, CESPA, Servi­cios Auxiliares ORCOTEL, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SE ADJUNTA COPIA.

Y para que sirva de notificación en legal forma a en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a diecinueve de marzo de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

NIG: 19130 44 4 2014 0000492

N03050

Seguridad Social 501/2014-2

Procedimiento origen:

Sobre Seguridad Social

Demandante/s: D./D.ª José María Lara Clemente

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s:

Abogado/a: Serv. Jurídico Seg. Social (provincial)

Procurador:

Graduado/a Social:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.

En Guadalajara a diecinueve de marzo de dos mil quince.

Por el Sr./Sra. letrado D./D.ª José Ramón Serna Hernández, en nombre y representación de MC MUTUAL se ha presentado en fecha 9/3/2015 escrito de formalización del recurso de suplicación.

Acuerdo:

- Tener por formalizado el recurso.

- Dar traslado del mismo a la parte/s recurrida/s para su impugnación por un plazo común de cinco días, si así le conviene.

- La impugnación deberá llevar la firma de Letrado o Graduado Social Colegiado para su admisión a trámite quien deberá designar un domicilio en la localidad en que radica la sede del TSJ (art. 198 LJS).

- Conforme el art. 197.2 LJS de formularse en el escrito de impugnación alegaciones sobre motivos de inadmisibilidad del recurso, así como eventuales rectificaciones de hecho o causas de oposición subsidiarias aunque no hubieran sido estimadas en la sentencia, y una vez dado traslado de las mismas al resto de las partes, podrán estas presentar directamente sus alegaciones al respecto, junto con las correspondientes copias para su traslado a las demás partes, dentro de los dos días siguientes a recibir el traslado el escrito de impugnación.

- Transcurrido el plazo, habiendo impugnado el recurso o no, se elevarán los autos a la Sala de lo Social del TSJ.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el ar­tícu­lo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles, siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

El/La Secretario/a Judicial.

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  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Guadalajara
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