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Lunes, 10 Octubre 2016 10:27

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2971

EDICTO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIONES DE CRÉDITO

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Ayuntamiento de Terzaga

 

2971

Edicto DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIONES DE CRÉDITO

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 25 de Julio de 2016, relativo al expediente de modificación de crédito núm. 1/2016, que se publica resumido por capítulos:

MODIFICACIÓN DE CRÉDITO NÚM. 1/2016: CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO, MEDIANTE ANULACIONES O BAJAS DE CRÉDITOS DE OTRAS APLICACIONES

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación Presup.

 

Euros

Progr.

Ec.

   

929

780

SUBV. ARREGLO IGLESIA

9.100

2.º Financiación

Esta modificación se financia mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo servicio.

Concretamente:

Alta

Euros

Baja

Euros

929.780

9,100

459.619

9.100

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá, por sí sola, la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Terzaga a 3 de Octubre de 2016.- El Alcalde, D. Javier Martínez Sanz

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