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Miércoles, 17 Junio 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

2261

DSP Despido/Ceses en general 8/2015Demandante/s: D./D.ª Aurora María Soares Gani-Mia

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

2261

NIG: 19130 44 4 2015 0000019

N28150

DSP Despido/Ceses en general 8/2015

Procedimiento origen:

Sobre despido

Demandante/s: D./D.ª Aurora María Soares Gani-Mia

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª LIFE QUALITY TECHNOLOGY SL

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Despido/Ceses en general 8/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Aurora María Soares Gani-Mia contra la empresa LIFE QUALITY TECHNOLOGY SL, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE.

Y para que sirva de notificación en legal forma a LIFE QUALITY TECHNOLOGY SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a veintiuno de mayo de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

«DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.

En Guadalajara a veintiuno de mayo de dos mil quince.

A la vista del estado en que se encuentra el presente procedimiento, y del anterior escrito presentado por la parte demandante, se suspende el juicio señalado para el veintiuno de mayo de dos mil quince, y asimismo se tiene por ampliada la demanda frente al administrador concursal de la demandada D. Emilio Movilla Gil, y cítese a las partes para la audiencia del día diez de julio de 2015 a las 9:50 horas la conciliación y a las 10:00 horas el juicio. Citándose a la empresa Life Quality Tecnology. S.L., por medio de exhorto dirigido a la Agrupación de Paz de Alovera y por medio de edictos que se publicarán en el Boletín de la Provincia de Guadalajara.

Cítese al Fondo de Garantía Salarial, para la audiencia arriba indicada, dándole traslado de copia de demanda.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el ar­tícu­lo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.»

El/La Secretario/a Judicial.

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  • Municipios: Guadalajara
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