Imprimir esta página
imagen no encontrada
Miércoles, 17 Junio 2015 00:00

Mancomunidad Brihuega-Alaminos

2262

Que contra el acuerdo del Pleno de la Mancomunidad de Brihuega-Alaminos adoptado el día 18 de marzo de 2015, por el que se efectuó la aprobación provisional del Presupuesto general para el ejercicio de 2015 no se ha presentado reclamación alguna, por lo que se considera definitivamente aprobado a tenor de lo dispuesto en los ar­tícu­los 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 y 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Descargar pdf Anuncio

Mancomunidad Brihuega-Alaminos

 

2262

Edicto

D. Antonio Doménech Morales, Presidente de la Mancomunidad de Brihuega-Alaminos (Guadalajara)

HAGO SABER:

Que contra el acuerdo del Pleno de la Mancomunidad de Brihuega-Alaminos adoptado el día 18 de marzo de 2015, por el que se efectuó la aprobación provisional del Presupuesto general para el ejercicio de 2015 no se ha presentado reclamación alguna, por lo que se considera definitivamente aprobado a tenor de lo dispuesto en los ar­tícu­los 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 y 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

El resumen por capítulos del presupuesto es el siguiente:

ESTADO DE INGRESOS

Cap. 3

Tasas y otros ingresos

0,00 €

Cap. 4

Transferencias corrientes

122.226,51 €

Cap. 5

Ingresos patrimoniales

79,00 €

 

TOTAL INGRESOS

122.305,51 €

 

ESTADO DE GASTOS

Cap. 1

Gastos de personal

5.261,00 €

Cap. 2

Gastos en bienes corrientes y servicios

117.044,51 €

Cap. 6

Inversiones reales

0,00 €

 

TOTAL GASTOS

122.305,51 €

La presente publicación se realiza en cumplimiento de lo prevenido en los ar­tícu­los 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 y 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el número 1 del ar­tícu­lo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Brihuega a 21 de mayo de 2015.– El Presidente, Antonio Doménech Morales.

Visto 317 veces