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Miércoles, 17 Junio 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2260

Que contra el acuerdo plenario adoptado el día 18 de marzo de 2015, por el que se efectuó la aprobación provisional del Presupuesto general para el ejercicio de 2015 no se ha presentado reclamación alguna, por lo que se considera definitivamente aprobado a tenor de lo dispuesto en los ar­tícu­los 169.1, del Texto Refundido de la Ley, Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

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Ayuntamiento de Brihuega

 

2260

Edicto

Dña. Adela de la Torre de Lope, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Brihuega

HAGO SABER:

Que contra el acuerdo plenario adoptado el día 18 de marzo de 2015, por el que se efectuó la aprobación provisional del Presupuesto general para el ejercicio de 2015 no se ha presentado reclamación alguna, por lo que se considera definitivamente aprobado a tenor de lo dispuesto en los ar­tícu­los 169.1, del Texto Refundido de la Ley, Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

El desglose por capítulos es el siguiente:

Estado de ingresos:

CAP.

DENOMINACIÓN

CANTIDAD

I.

Impuestos directos

1.765.880,80 €

II

Impuestos indirectos

3.782.519,00 €

III

Tasas y otros ingresos

570.925,90 €

IV

Transferencias corrientes

1.409.791,23 €

V

Ingresos patrimoniales

46.760,00 €

VII

Transferencias de capital

0,00 €

 

TOTAL INGRESOS

7.575.876,93 €

     

Estado de gastos:

CAP.

DENOMINACIÓN

CANTIDAD

I

Gastos de personal

846.334,43 €

II

Gastos en bienes corrientes y servicios

5.461.917,50 €

III

Gastos financieros

12.810,88 €

IV

Transferencias corrientes

277.959,00 €

VI

Inversiones reales

860.000,00 €

VII

Transferencias de capital

6.010,12 €

VIII

Activos financieros

0,00 €

IX

Pasivos financieros

110.845,00 €

 

TOTAL GASTOS

7.575.876,93 €

La presente publicación se realiza en cumplimiento de lo prevenido en los ar­tícu­los 169.3, del Texto Refundido de la Ley, Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el número 1 del ar­tícu­lo 171 del Texto Refundido de la Ley, Reguladora de las Haciendas Locales.

En Brihuega a 21 de mayo de 2015.– La Alcaldesa, Adela de la Torre de Lope.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Brihuega
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