Imprimir esta página
imagen no encontrada
Lunes, 04 Mayo 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1551

Despido/Ceses en general 651/2014-JADemandante/s: D./D.ª Luis Fernando García Bedoya

Descargar pdf Anuncio

Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

1551

NIG: 19130 44 4 2014 0000819

N28150

Despido/Ceses en general 651/2014-JA

Procedimiento origen:

Sobre despido

Demandante/s: D./D.ª Luis Fernando García Bedoya

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª Silvia Mantos Rodríguez

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Despido/Ceses en general 651/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Luis Fernando García Bedoya contra la empresa Silvia Martos Rodríguez, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SEGÚN FALLO ADJUNTO DE LA SENTENCIA.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Silvia Martos Rodríguez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a diez de abril de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por D. Luis Fernando García Bedoya frente a la empresaria D.ª Silvia Martos Rodríguez declaro como despido improcedente, la extinción de contrato de fecha 27-08-2014, en consecuencia, condeno a la empresaria demandada a que, en el legal plazo de cinco días y a su opción, proceda a la readmisión del demandante en su anteriores puestos y condiciones de trabajo, con abono en este caso de los salarios de tramitación desde la fecha del despido y hasta la de la efectiva readmisión, o a abonarle a la parte actora en concepto de indemnización la suma de 357,97 € en concepto de indemnización, y de 1.703,13 € en concepto salarial. Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala Social.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
Visto 449 veces