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Viernes, 29 Mayo 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1904

Despido/Ceses en general 353/2014-JADemandante/s: D./D.ª Clemente Ongil Peña

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

1904

NIG: 19130 44 4 2014 0000180

N28150

Despido/Ceses en general 353/2014-JA

Procedimiento origen:

Sobre despido

Demandante/s: D./D.ª Clemente Ongil Peña

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª Juan Francisco Pérez Blanco SL

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

EDICTO

D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Despido/Ceses en general 353/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Clemente Ongil Peña contra la empresa Juan Francisco Pérez Blanco SL, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SEGÚN FALLO ADJUNTO DE LA SENTENCIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a Juan Francisco Pérez Blanco SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a veintisiete de abril de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

FALLO

Estimo en parte la demanda interpuesta por D. Clemente Ongil Peña frente a la empresa Juan Francisco Pérez Blanco SL, declaro improcedente el despido de que ha sido objeto la parte actora el día 2 de abril de 2014, y estando la empresa cerrada, habiendo causado baja en Seguridad Social en 28 de marzo de 2014, declaro extinguida la relación laboral con efectos de dicha fecha, condenando a la empresa demandada a abonar al demandante en concepto de indemnización sustitutiva de la readmisión la suma de 34.020,90 €.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 192 y ss. de la LRJS.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

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