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Viernes, 29 Mayo 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1917

En cumplimiento a lo establecido en los ar­tícu­los 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se pone en conocimiento de todos los interesados que, dentro del plazo allí establecido, se procederá, por el Pleno de esta corporación municipal, a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha el nombramiento de los cargos de Juez de Paz titular y sustituto.

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Ayuntamiento de Terzaga

 

1917

Edicto

En cumplimiento a lo establecido en los ar­tícu­los 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se pone en conocimiento de todos los interesados que, dentro del plazo allí establecido, se procederá, por el Pleno de esta corporación municipal, a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha el nombramiento de los cargos de Juez de Paz titular y sustituto.

Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar, en la Secretaría, de este Ayuntamiento, la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, acompañada de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI

b) Declaración jurada en la que se haga constar los siguientes extremos:

• Que carece de antecedentes penales.

• Que no está procesado o inculpado por delito doloso.

• Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

• Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.

• Que no está incurso en ninguna causa de incapacidad ni de incompatibilidad o prohibición prevista en los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido incurrir.

Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de las condiciones precisas para poder ostentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impiden desempeñar el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

En Terzaga a 16 de abril de 2015.– La Alcaldesa, María Elena Sanz Sanz.

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