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Miércoles, 05 Agosto 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

2768

MON MONITORIO 618/2014-J Demandante/s: D./D.ª Claudia Sofía Guerrero Barragán

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Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara

 

2768

NIG: 19130 44 4 2014 0000763

N81291

MON MONITORIO 618/2014-J

Procedimiento origen:

Sobre ordinario

Demandante/s: D./D.ª Claudia Sofía Guerrero Barragán

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª Víctor Manuel Barriopedro Martín

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento monitorio 618/2014-J de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Claudia Sofía Guerrero Barragan contra Víctor Manuel Barriopedro Martín sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Acuerdo:

1.- Fijar la cuantía reclamada en la cantidad de 1.852,59 euros, y los intereses de demora del art. 576.1 de la LEC, devengados a partir de la fecha de esta resolución.

2.- Archivar el presente procedimiento monitorio instado por Claudia Sofía Guerrero Barragán, con NIE Y1692024-C frente a la empresa Víctor Manuel Barriopedro Martín, con CIF 02268345Q.

3.- Dar traslado a la parte actora a fin de que presente demanda de ejecución, en el caso de que desee proceder al despacho de la misma.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el ar­tícu­lo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución, no cabe interponer recurso alguno».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Víctor Manuel Barriopedro Martín, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a nueve de julio de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

Información adicional

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  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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