Imprimir esta página
imagen no encontrada
Viernes, 14 Agosto 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

2907

DSP Despido/Ceses en general 718/2014 Demandante/s D./D.ª: Francisco José García Carrión

Descargar pdf Anuncio

Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

2907

NIC: 19130 44 4 2014 0000974

N28150

DSP Despido/Ceses en general 718/2014

Procedimiento origen: Sobre despido

Demandante/s D./D.ª: Francisco José García Carrión

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s D/ña: Martín Huedo Martínez, FONDO DE GARANTIA SALARIAL

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Despido/Ceses en general 718/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Francisco José García Carrión contra la empresa Martín Huedo Martínez, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

Desestimo la demanda formulada por D. Francisco José García Carrion frente al empresario D. Martín Huedo Martínez, y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, a los que absuelvo de la pretensión deducida en su contra por la parte actora.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. En caso de que se presente recurso ha de anunciarse ante este Juzgado por escrito o comparecencia dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia. Es necesario, si el recurrente no tiene la condición de trabajador, beneficiario de la Seguridad Social o goza del derecho de asistencia jurídica gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado la cantidad objeto de la condena en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado, en el Banesto, n.º 1808 0000 61 0718 14 o que presente aval solidario de entidad financiera por el importe de la condena. Sin este requisito no se tendrá por anunciado el recurso. Además, para su formalización tendrá que presentar resguardo acreditativo de ingreso del depósito especial de 300 euros en la cuenta de Banesto n.º 1808 0000 65 0718 14, sin este requisito se le tendrá por desistido del recurso anunciado y quedará firme la sentencia.

Así por esta sentencia que se llevará al libro de sentencias de este Juzgado dejando certificación de la misma a las actuaciones lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- La anterior sentencia ha sido pronunciada y publicada por la Magistrada-Juez que la dictó el mismo día de su fecha y en Audiencia pública; se incluye el original de esta resolución en el libro de Sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma y se remite a cada una de las partes un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de ella, conforme a lo dispuesto en el certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de ella, conforme a lo dispuesto en el artículo 56 y concordantes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Y para que sirva de notificación legal forma a Martín Huedo Martínez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento

En Guadalajara, a veinticinco de Julio de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
Visto 337 veces