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Lunes, 16 Noviembre 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

3738

TCD tercería de dominio 1/2015 Procedimiento origen: Ejecución de Títulos Judiciales 2/2012

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

3738

NIG: 19130 44 4 2009 0100843

N28150

TCD tercería de dominio 1/2015

Procedimiento origen: Ejecución de Títulos Judiciales 2/2012

Sobre

Demandante/s: D./D.ª

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento tercería de dominio 1/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª contra la empresa Beatriz García Fernández, DORALIZA TOURS SL, sobre, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Y para que sirva de notificación en legal forma a DORALIZA TOURS SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a seis de octubre de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

DECRETO

Secretario/a Judicial D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.

En Guadalajara a cinco de octubre de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Con fecha 10 de septiembre de 2015, se ha presentado escrito por GRUPO INVERSIONES HOLANDES SL formulando cuestión incidental de tercería de dominio respecto al bien embargado en la ejecución de títulos judiciales n.º 2 del 2012 dirigido contra la parte ejecutante D.ª Beatriz García Fernández Pacheco y ejecutada DORALIZA TOURS SL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- De conformidad con el ar­tícu­lo 260 LRJS se acuerda admitir a trámite la tercería de dominio como cuestión incidental y la suspensión de la ejecución únicamente sobre la finca urbana n.º 22337/A y la continuación de la ejecución sobre el resto.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

- Señalar a vista la cuestión incidental para el día 28 de enero de 2016 a las 11:40 horas en la sala de Audiencias.

- A la prueba: Citar a DORALIZA TOURS SL.

- Tener por designada la documental aportada junto con el escrito.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el ar­tícu­lo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (art. 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta n.º 1808 0000 64 0002 12 del Banco de Santander c/ Mayor 12, de Guadalajara, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación «recurso» seguido del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El/La Secretario/a Judicial.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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