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Miércoles, 09 Diciembre 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

4149

MODIFICACIÓN DE CRÉDITO NÚM. 3/2015: CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO MEDIANTE ANULACIONES O BAJAS DE CRÉDITOS DE OTRAS APLICACIONES

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Ayuntamiento de El Pozo de Guadalajara

 

4149

Edicto DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIONES DE CRÉDITO

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 9 de noviembre de 2015, relativo al expediente de modificación de crédito núm. 3/2015, que se publica resumido por capítulos:

MODIFICACIÓN DE CRÉDITO NÚM. 3/2015: CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO MEDIANTE ANULACIONES O BAJAS DE CRÉDITOS DE OTRAS APLICACIONES

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación presup.

 

Euros

Progr.

Ec.

   

330

629

Equipo de sonido

1.699,34

920

625

Fotocopiadora multifuncional

2.289,73

323

632

Obras edificio escuela infantil municipal

16.099,32

442

623

Marquesina

6.655,00

163

623

Taladros

670,00

920

629

Video-acta

7.260,00

FINANCIACIÓN

Esta modificación se financia mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo servi­cio.

ALTA

EUROS

BAJA

EUROS

330.629

1.699,34

450.633

1.699,34

920.625

2.289,73

450.633

2.289,73

323.632

16.099,32

450.633

16.099,32

442.623

6.655,00

450.633

6.655,00

163.623

670,00

450.633

670,00

920.629

7.260,00

450.633

1.148,66

   

1532.761

4.646,95

   

920.12000

1.464,39

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En El Pozo de Guadalajara a 4 de diciembre de 2015.– El Alcalde, Teodoro Baldominos Carnerero.

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  • Municipios: Pozo de Guadalajara
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