AYUNTAMIENTO DE QUER
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Acuerdo del Ayuntamiento de Quer por el que se aprueban los padrones y listas cobratorias de los tributos locales de VADO, referidos todos ellos al ejercicio de 2021.
Aprobados por Resolución de esta Alcaldía n.º 51de fecha de 4 de febrero de 2021, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales de vado para paso de vehículos, referidos todos ellos al ejercicio de 2021, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en el Boletín Oficial de la provincia de Guadalajara y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del impuesto vado para paso de vehículos correspondiente al año2021, en:
Localidad: QUER
Oficina de Recaudación: AYUNTAMIENTO
Horario: 9:00 A 14:00 HORAS.
CONCEPTO |
PLAZO COBRO EN VOLUNTARIA |
FECHA DE CARGO EN CUENTA |
Vado para paso de vehículo 2021 |
2 de Mayo a 2 de Marzo de 2021 |
Primera semana de marzo |
Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en la oficina de recaudación o en las oficinas de EUROCAJA RURAL en la cuenta a nombre del Ayuntamiento de Quer.
Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo en la oficina de recaudación mediante tarjeta bancaria en el horario y plazo establecido.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
En Quer, a 4 de febrero de 2020, El Alcalde, Fdo. José Miguel Benítez Moreno