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Lunes, 14 Diciembre 2015 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

4181

DSP despido/ceses en general 654/2015-C Demandante/s: D./D.ª Daniel Gómez Ranz

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Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara

 

4181

NIG: 19130 44 4 2015 0001394

N81291

DSP despido/ceses en general 654/2015-C

Procedimiento origen:

Sobre despido

Demandante/s: D./D.ª Daniel Gómez Ranz

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª SOLO PADEL INDOOR

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento despido/ceses en general 654/2015-C de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Daniel Gómez Ranz, contra SOLO PADEL INDOOR sobre extinción de contrato, se ha acordado citar a la empresa SOLO PADEL INDOOR, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en este Juzgado para la celebración del acto de conciliación ante el Secretario Judicial el día 16/12/2015 a las 9:40 horas, y el mismo día a las 9:45 horas para la celebración, en su caso, del acto de juicio, y al objeto de practicar la prueba de interrogatorio de las partes, en calidad de demandado, como representante legal de la empresa demandada. Al ostentar la condición de persona jurídica, se pone en su conocimiento que será su legal representante quien deberá comparecer al acto del juicio para la práctica del interrogatorio, siempre que hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso. Si quien intervino en los hechos controvertidos no hubiera sido su legal representante, será la persona que tenga conocimiento personal de los hechos quien habrá de comparecer al acto del juicio para la práctica de la prueba (art. 309.1 LEC). Sin perjuicio de que si desea que esa persona sea citada por conducto judicial, así deberá comunicarlo antes de diez días a la fecha prevista para el juicio. A tal efecto se le indica que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (art. 91.2 LPL).

Tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número 2, sito en Avenida del Ejército n.º 12, 1.ª planta, comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación al representante legal de SOLO PADEL INDOOR se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Guadalajara a uno de diciembre de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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