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Jueves, 24 Septiembre 2020 08:09

OAL 173-19-E

2438

NOTIFICACION DE SENTENCIA
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 2 DE GUADALAJARA


2438

JDO. DE LO SOCIAL N. 2 GUADALAJARA
AVENIDA DE EJERCITO 12, EDIF SERVICIOS MULTIPLES PLANTA PRIMERA

Tfno: 949209900
Fax: 949235274 Correo electrónico:

Equipo/usuario: EM1

NIG: 19130 44 4 2019 0000356 Modelo: N81291

OAL P.OFICIO AUTORIDAD LABORAL 0000173 /2019-E

Procedimiento origen:    /Sobre PROCED. OFICIO

DEMANDANTE/S D/ña:  TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A:  LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DEMANDADO/S D/ña:  EDMA CB, SILVIU GAABRIEL STOICA 

EDICTO

D/Dª  MARÍA PILAR BUELGA ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de GUADALAJARA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento P. OFICIO AUTORIDAD LABORAL 0000173 /2019-E de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra EDMA CB, y SILVIU GAABRIEL STOICA   sobre PROCED. OFICIO, se ha dictado la siguiente Sentencia, cuyo FALLO:

“DESESTIMO la demanda interpuesta por la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y DECLARO no haber lugar a declarar la existencia de relación laboral entre los codemandados entre 15 de junio y el 26 de junio de 2015.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia   de Castilla la Mancha, recurso de suplicación de conformidad con lo prevenido arts 196 y ss. LRLS y demás normas legales de aplicación.

El plazo derivado de la presente resolución empezará a contar desde el día siguiente al alzamiento de la suspensión de los plazos procesales, establecida por la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19.

Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SILVIU GABRIEL STOICA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En GUADALAJARA, a dieciséis de septiembre de dos mil  veinte.EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Información adicional

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