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Martes, 15 Septiembre 2020 08:09

EDICTO PADRONES DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA, RÚSTICA E IVTM TRILLO 2020

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EDICTO PADRONES DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA, RÚSTICA E IVTM TRILLO 2020
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SERVICIO PROVINCIAL DE RECAUDACIÓN


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EXPOSICIÓN PUBLICA DE LISTAS COBRATORIAS DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES, DE NATURALEZA URBANA, RÚSTICA E IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DE 2020, DEL MUNICIPIO DE TRILLO (GUADALAJARA) AL TENER ENCOMENDADAS LAS FACULTADES DE GESTIÓN, LIQUIDACIÓN Y RECAUDACIÓN DEL MISMO A LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL, ASÍ COMO DEL ESTABLECIMIENTO DEL PERIODO DE INGRESO (COBRANZA EN PERIODO  VOLUNTARIO).

Aprobadas las listas cobratorias del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de naturaleza urbana, rústica e Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, correspondientes al ejercicio de 2020, del ayuntamiento de Trillo (Guadalajara), por la Diputación Provincial de Guadalajara, al haber sido delegadas las facultades de gestión, liquidación y recaudación de los citados impuestos por el ayuntamiento de Trillo.  Dichas listas cobratorias quedarán expuestas al público en el Servicio Provincial de Recaudación y en el ayuntamiento, para su examen por los legítimamente interesados durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el “Boletín Oficial de la Provincia”.

La exposición al público de las listas cobratorias producirá los efectos de notificación colectiva prevista en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, pudiendo interponerse por los interesados en caso de disconformidad con los actos liquidatorios de las cuotas tributarias (entendiéndose por tal el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen, así como exenciones y bonificaciones) o tarifas aplicadas así como las exenciones y bonificaciones en el IVTM que correspondan, recurso de reposición ante el Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del período de exposición al público.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 62.3 de la Ley General Tributaria, se establece como plazo de ingreso en periodo voluntario para dichos impuestos,  el comprendido entre el día 15 septiembre y el 15 de diciembre de 2020, ambos inclusive.  La comunicación del periodo se llevará a cabo también de forma colectiva, y se publicarán los respectivos anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, y en las oficinas de los ayuntamientos respectivos. También se divulgarán estos edictos mediante la inserción de anuncios en la prensa provincial.    

El cargo en cuenta de los recibos domiciliados se realizará el día 20 de octubre.

A tal fin se remitirán por correo a los contribuyentes los recibos del mencionado Impuesto (salvo que se encuentre domiciliado el pago), de acuerdo con el Anexo 2 del Cuaderno 60 del Consejo Superior Bancario, que se componen de dos ejemplares: el primero para el contribuyente, con poder liberatorio una vez validado mecánicamente o con sello y firma autorizada de la entidad colaboradora y el segundo para la entidad colaboradora, que le servirá de justificante de la operación realizada. Mediante la presentación de dichos recibos, los contribuyentes podrán efectuar el pago del Impuesto, con independencia del municipio al que corresponda, mediante ingreso en efectivo o cargo en cuenta, durante los días y horas hábiles de ingreso, única  exclusivamente en cualquier sucursal de las entidades colaboradoras siguientes:

CAIXABANK, S.A
IBERCAJA BANCO S.A.U
CAJA RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA
BBVABANCO SANTANDER
BANKIA

Debido a la situación actual del COVID-19, los contribuyentes que no reciban la carta de pago o que la hubieran extraviado podrán solicitar una segunda copia en el Servicio Provincial de Recaudación de Guadalajara preferiblemente por teléfono o por correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), evitando, dada la excepcionalidad de la situación, la concurrencia de personas en oficina. En la actualidad están abiertas al público todas nuestras oficinas en horario de 9 a14:00 horas. La oficina de Guadalajara, en la calle Atienza, 4 (Centro de San José), así como las oficinas sitas en los municipios de Molina de Aragón, Sigüenza y Brihuega. También podrán realizar sus consultas en el propio ayuntamiento donde se encuentre el bien y a través de la Oficina Virtual Tributaria del Servicio de Recaudación (https://dguadalajara.tributoslocales.es/).

Teléfonos de contacto de nuestras oficinas y direcciones de correo electrónico:

GUADALAJARA: 949887582 (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)
MOLINA DE ARAGON: 949830101 (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)
SIGUENZA: 949390688 (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)
BRIHUEGA: 949280249 (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)

Según lo previsto en el art. 24 del Reglamento General de Recaudación, se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria se exigirán las deudas por el procedimiento de apremio, con los recargos, intereses de demora y gastos de procedimiento que correspondan.

En Guadalajara a 11 de septiembre de 2020. LA  DIPUTADA  DELEGADA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Susana Alcalde Adeva.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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