Ayuntamiento de Torremocha del Campo
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Edicto
Celebradas las elecciones locales el pasado día 24 de mayo de 2015, y habiéndose procedido el día 13 de junio de 2015, a la constitución de la nueva Corporación local, se hace público el Decreto de Alcaldía 40/2015, de 17 de junio, por el que se delegan competencias de Alcaldía, cuya parte dispositiva establece lo siguiente:
PRIMERO: Conferir delegaciones genéricas en favor del siguiente concejal, en los términos del artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Esta delegación comportará las facultades de dirección interna de los correspondientes servicios, así como la de gestionarlos en todo su contenido, sin comprender la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y para las competencias que se expresan:
• Al Teniente de Alcalde D. Esteban Casado Rincón, en materia de urbanismo.
SEGUNDO: Conferir delegaciones especiales, en los términos del artículo 43.4 y 5.b) del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales con las facultades de dirección interna de los correspondientes servicios así como la de gestionarlos en todo su contenido, sin incluir la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y para las competencias que se expresan en favor del siguiente concejal de este Ayuntamiento:
• Al Concejal D. Víctor Manuel García-Ajofrín Pérez, en materia de urbanismo.
• Al Concejal D. Román Gallego del Rey, en materia de mantenimiento de servicios y control de almacén municipal.
TERCERO: Esta Alcaldía conservará, en relación a las competencias delegada las siguientes facultades:
• La de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y, en su caso, de los actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
• La de ser informada previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
CUARTO: Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.
QUINTO: Notificar personalmente la presente resolución, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa, teniendo carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Alcaldía. En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los Concejales delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación, en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.
SEXTO: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, conforme a lo establecido en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y dar cuenta al Pleno en la sesión extraordinaria prevista en el artículo 38 de dicha disposición normativa.
En Torremocha del Campo a 30 de noviembre de 2015.– El Alcalde, Octavio Contreras Esteban.