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Miércoles, 10 Junio 2020 08:06

APROBACIÓN DE LA MATRÍCULA DE CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2020

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APROBACIÓN DE LA MATRÍCULA DE CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2020
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


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Aprobada la matrícula de contribuyentes del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, correspondiente al ejercicio 2020, la presente comunicación producirá los efectos de notificación de las liquidaciones contenidas en la misma, a los fines de la notificación colectiva prevista en el artículo 102.3, de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, pudiéndose interponer contra dichos actos recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la finalización del periodo voluntario de pago. Alternativamente, podrá interponer directamente reclamación económico administrativa ante la Junta Municipal de Reclamaciones Económico-Administrativas en el mismo plazo de un mes. En caso de optar por la interposición del recurso de reposición previo a la vía económico administrativa, contra su desestimación expresa o presunta podrá interponerse la reclamación económico administrativa ante la Junta Municipal de Reclamaciones Económico-Administrativas en el plazo de un mes.

Periodo de pago:

Pago en periodo voluntario: En aplicación del art. 62.3 del citado texto legal, queda fijado el siguiente plazo de ingreso en período voluntario del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, correspondiente al ejercicio 2019

Del 15 de junio de 2020 al 15 de octubre de 2020.

Pago en periodo ejecutivo: Transcurridos los plazos anteriormente señalados, las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio del 20%, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. No obstante, se aplicará un recargo del 5% cuando se satisfaga la totalidad de la deuda antes de la notificación de la providencia de apremio y el 10% cuando se satisfaga una vez notificada la providencia de apremio y antes de la finalización del plazo marcado en el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Lugar de pago:

El ingreso deberá efectuarse en cualquier sucursal de las Entidades Colaboradoras que a continuación se relacionan, en el horario de atención al público que cada entidad tenga establecido, acompañando el juego de impresos que recibirán a tal fin en su domicilio.

ENTIDADES COLABORADORAS:

Ibercaja, Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria, Banco de Castilla-LaMancha, Bankia, Caixabank, Abanca, Eurocaja Rural SCC, BBVA, Banco Santander y Banco Sabadell.

Duplicados:

Los contribuyentes que no reciban los documentos de cobro pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas de la Entidad Gestora Ibercaja para solicitarlos.

Guadalajara, 8 de junio de 2020. El Titular del Órgano de Gestión Tributaria. Fdo. Juan Manuel Suárez Álvarez

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  • Municipios: Guadalajara
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