AYUNTAMEINTO DE TAMAJÓN
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Transcurrido el periodo de exposicion al publico y audiencia a los interesados, sin reclamaciones, en relacion con el acuerdo adoptado por el pleno del Ayuntamiento en sesion ordinaria celebrada el dia 19 de diciembre de 2019, por el que se aprobaba con caracter provisional la modificacion de la Ordenanza fiscal reguladora siguiente:
- Tasa por la prestacion del servicio de recogida de residuos solidos urbanos, del Ayuntamiento y de conformidad con lo previsto en la legislacion vigente, queda elevado a definitivo el acuerdo de la modificacion parcial, de la ordenanza citada y que se publica como anexo al presente edicto.
Contra el referido acuerdo, podrán los interesados presentar recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el dia siguiente a la publicacion de este edicto en el B.O.P.
Tamajon, a 25 de febrero de 2020. El Alcalde, Eugenio Esteban de la Morena
ANEXO
MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURAS DOMICILIARIAS
.Articulo 4.- º. Bases y tarifas:
La cuota tributaria municipal será la siguiente:
a) Viviendas particulares: 65 euros al año, pagaderos de una sola vez.
DISPOSICIÓN FINAL UNICA:
La presente modificacion de la ordenanza fiscal, entrara en vigor al dia uno de enero de 2021, y seran de aplicación hasta que se modifique o derogue.