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Martes, 21 Enero 2020 08:01

EDICTO PO 267/18-E

165

NOTIFICACION
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE GUADALAJARA


165

JDO. DE LO SOCIAL N. 2 GUADALAJARA
AVENIDA DE EJERCITO 12, EDIF SERVICIOS MULTIPLES PLANTA PRIMERA

Tfno: 949209900
Fax: 949235274
Correo electrónico:

Equipo/usuario: EM1
NIG: 19130 44 4 2018 0000542
Modelo: N81291

PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000267 /2018-E

Procedimiento origen:    /
Sobre ORDINARIO

DEMANDANTE/S D/ña: EDWIN PAEZ BAZUALDO
ABOGADO/A: JESUS NICOLAS RAMIREZ GONZALEZ

DEMANDADO/S D/ña:  ROESMAN CONSTRUCCIONES Y DECORACION, S.L.U.

EDICTO

D/Dª  MARÍA PILAR BUELGA ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de GUADALAJARA, HAGO SABER:

Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000267/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª EDWIN PAEZ BAZUALDO contra ROESMAN CONSTRUCCIONES Y DECORACION, S.L.U. sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente auto cuya:

PARTE DISPOSITIVA

“DISPONGO: Haber lugar a la petición de la defensa letrada del demandante de aclarar o rectificar el fallo de la sentencia de 28/12/2018 recaída en los presentes autos que será del tenor literal siguiente:

Que estimo la demanda de EDWIN PAEZ BAZUALDO, sobre reclamación de cantidad y condeno a la empresa demandada ROESMAN CONSTRUCCIONES Y DECORACION SLU, a que pague a la actora la cantidad de 7.959,72 euros, suma que devengará el 10% de interés, imponiendo las costas a la demandada hasta un máximo de 150 euros por honorarios de letrado.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno distinto al que en su caso pueda interponerse frente a la resolución cuya aclaración se ha solicitado.

Así lo acuerda y firma SSª. D. JULIO CESAR DE LA PEÑA MUÑOZ, Juez del Juzgado de lo Social Número 2 de Guadalajara y su Provincia. Doy fe”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ROESMAN CONSTRUCCIONES Y DECORACION SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En GUADALAJARA, a trece de enero de dos mil veinte.EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Guadalajara
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