Imprimir esta página
imagen no encontrada
Jueves, 11 Octubre 2018 09:10

ETJ 30/2018

2890

NOTIFICACION DECRETO DE INSOLVENCIA A BRITOMARTIS SL
Descargar pdf Anuncio

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 2 DE GUADALAJARA


2890

JDO. DE LO SOCIAL N. 2 GUADALAJARA
AVENIDA DE EJERCITO 12, EDIF SERVICIOS MULTIPLES PLANTA PRIMERA

Tfno: 949209900
Fax: 949235274

Equipo/usuario: MT1
NIG: 19130 44 4 2017 0000601
Modelo: N28150

ETJ EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000030 /2018
Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000292 /2017
Sobre DESPIDO

EJECUTANTE: JORGE DIAZ SEUMA
ABOGADO/A: LAURA GARRIDO SÁNCHEZ

EJECUTADA:  FOGASA FONDO GARANTIA SALARIAL,  BRITOMARTIS SL 
ABOGADO/A:  LETRADO DE FOGASA,      ,     ,   

E D I C T O

Dª  MARÍA PILAR BUELGA ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de GUADALAJARA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 30/2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JORGE DIAZ SEUMA contra la empresa  BRITOMARTIS SL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

“D E C R E T O  nº 276/2018

Letrado de la Administración de Justicia Dª MARÍA PILAR BUELGA ALVAREZ.

En Guadalajara, a once de julio de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por Doña LAURA GARRIDO SÁNCHEZ, abogada de JORGE DIAZ SEUMA ha presentado, con fecha 09.03.2018, solicitud de ejecución de la Sentencia nº 325/2017 de 16.10.2017 dictada en DSP 292/2017 frente a BRITOMARTIS SL y, atendiendo a dicha solicitud, en fecha 20.03.2018 este órgano judicial ha dictado auto despachando orden general de ejecución por la cantidad de 18.061,13 euros de principal, más otros 2.709,17 euros para intereses y costas, calculados provisionalmente.

SEGUNDO.- Consta en las actuaciones la declaración previa de insolvencia de la parte aquí ejecutada BRITOMARTIS SL, realizada por decreto de fecha 23.04.2018, dictado por el Juzgado de lo Social nº 1 de Guadalajara en el procedimiento ETJ 148/2017.

TERCERO.- Para cumplir el requisito que se contiene en el artículo 276.3 de la LJS, se dictó en fecha 10.05.2018 decreto dando audiencia previa a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial para que señalaran, en su caso, la existencia de nuevos bienes con el resultado que consta en autos. 

FUNDAMENTOS DE DERECHO  

PRIMERO.- Dispone el art. 276.3 de la LJS que declarada judicialmente la insolvencia de una empresa, ello será base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, pudiéndose dictar el decreto de insolvencia sin necesidad de reiterar las averiguaciones de bienes del art. 250 de esta Ley, debiendo darse audiencia previa a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial para que señalen la existencia de nuevos bienes.

SEGUNDO.- En la presente ejecutoria, se han cumplido los requisitos y trámites de averiguación de bienes establecidos en los artículos 250 y 276 de la LJS, que supone concluir respecto de la ejecutada la pervivencia de la situación de insolvencia al no conocerse nuevos bienes de aquella sobre los que hacer efectivas las actividades de ejecución, por lo que procede, cumpliendo el efecto previsto en el artículo 276.2 de la LJS declarar la insolvencia total, que habrá de entenderse provisional a todos los efectos, hasta que se conozcan nuevos bienes al ejecutado.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada BRITOMARTIS SL en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 18.061,13 euros de principal, más otros 2.709,17 euros para intereses y costas, calculados provisionalmente, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 2178 0000 64 0030 18 en el BANCO SANTANDER SA debiendo indicar en el campo concepto, "recurso" seguida del código "31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a BRITOMARTIS SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara, a cinco de octubre de dos mil dieciocho. EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Guadalajara
Visto 529 veces