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Lunes, 08 Octubre 2018 08:10

DESPIDO 2017/2018-L

2857

NOTIFICACIÓN SENTENCIA A ARMADURAS Y FERRALLAS ORTIZ, S.L.
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 2 DE GUADALAJARA


2857

JDO. DE LO SOCIAL N. 2 GUADALAJARA
AVENIDA DE EJERCITO 12, EDIF SERVICIOS MULTIPLES PLANTA PRIMERA

Tfno: 949209900 
Fax: 949235274

Equipo/usuario: RO1
NIG: 19130 44 4 2018 0000419 Modelo: N81291
DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000207 /2018-L

Procedimiento origen: /
Sobre DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: ANA MARIA MARCOS CABEZON
ABOGADO/A: PABLO MANUEL SIMON TEJERA
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:

DEMANDADO/S D/ña: FOGASA, ESTRUCTURAS METALICAS COPA S.L. , ARMADURAS Y FERRALAS ORTIZ S.L.
ABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA, ,
PROCURADOR: , ,
GRADUADO/A SOCIAL: , ,

EDICTO

Dª MARÍA PILAR BUELGA ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de GUADALAJARA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 207/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª ANA MARIA MARCOS CABEZON contra FOGASA, ESTRUCTURAS METALICAS COPA S.L., ARMADURAS Y FERRALAS ORTIZ S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado la Sentencia nº 386/2018 de fecha 12.09.2018 cuyo Fallo es como sigue:

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Dª ANA MARÍA MARCOS CABEZÓN frente a ARMADURAS Y FERRALLAS ORTIZ, S.L. y ESTRUCTURAS METÁLICAS COPA, S.L. y FOGASA, debo declarar y declaro la IMPROCEDENCIA del despido de la trabajadora en fecha 23 de febrero de 2018 y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada ARMADURAS Y FERRALLAS ORTIZ, S.L. a estar y pasar por esta declaración, declarando extinguida la relación laboral en dicha fecha y al abono de la indemnización equivalente a 33 días de salario por año de servicios, prorrateándose por meses completos las fracciones de tiempo inferior, y con un tope de 24 mensualidades, que en nuestro caso asciende a 2.495,79 €.

Condeno, asimismo a FOGASA a estar y pasar por el anterior pronunciamiento, en cuanto a su responsabilidad subsidiaria en virtud del art. 33 ET.

ABSUELVO a ESTRUCTURAS METÁLICAS COPA, S.L. de todos los pedimentos de la demanda.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de esta Oficina Judicial con el núm. 2178000061020718, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguido del código "34 Social Suplicación", acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a ARMADURAS Y FERRALAS ORTIZ S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y de la Comunidad de Madrid, y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En GUADALAJARA, a doce de septiembre de dos mil dieciocho.EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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  • Municipios: Guadalajara
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