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Miércoles, 16 Marzo 2016 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

611

DSP Despido/Ceses en general 588/2015 JAMDemandante/s: D./D.ª Alicia López Naranjo

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

611

FAM

NIG: 19130 44 4 2015 0001270

N28150

DSP Despido/Ceses en general 588/2015 JAM

Procedimiento origen:

Sobre despido

Demandante/s: D./D.ª Alicia López Naranjo

Abogado/a: Abogado del Estado

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª HOSTELERÍA DISTRIBUCIÓN TALLERES SL

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Despido/Ceses en general 588/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Alicia López Naranjo, contra la empresa HOSTELERÍA DISTRIBUCIÓN TALLERES SL, sobre despido, se ha dictado la siguiente Sentencia cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO

Desestimo la demanda interpuesta por D. Alicia López Naranjo, frente a la empresa HOSTELERÍA DISTRIBUCIÓN TALLERES SL, a la que absuelvo de la pretensión deducida en su contra por la parte actora. Absolviendo al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala Social del Tribunal Superior de justicia de Castilla-La Mancha. En caso de que se presente recurso ha de anunciarse ante este Juzgado por escrito o comparecencia dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.

Así por esta sentencia que se llevará al libro de sentencias de este Juzgado dejando certificación literal de la misma a las actuaciones lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a HOSTELERÍA DISTRIBUCIÓN TALLERES SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín oficial de la Provincia de Guadalajara

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a diez de febrero de dos mil dieciséis.– El/La Letrado de la Administración de Justicia, rubricado.

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  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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