Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
1057
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NIG: 19130 44 4 2015 0001394
N81291
DSP Despido/Ceses en general 654/2015-C
Procedimiento origen:
Sobre despido
Demandante/s: D./D.ª Daniel Gómez Ranz
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: D./D.ª SOLO PADEL INDOOR
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Despido/Ceses en general 654/2015-C de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Daniel Gómez Ranz, contra SOLO PADEL INDOOR, sobre despido, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva acuerda lo siguiente:
«Se acuerda la aclaración de la Sentencia en el sentido solicitado, el hecho probado primero de la siguiente forma:
D. Daniel Gómez Ranz ha prestado servicios para la empresa SOLO PADEL INDOOR, S.L., ostentando la categoría profesional de Auxiliar no docente y percibiendo como retribución por los servicios prestados la cantidad bruta mensual de 1.444,29 €, incluida la prorrata de pagas extras, en régimen de jornada completa de 39 horas semanales, por contrato de carácter indefinido. La antigüedad es de 26 de noviembre de 2012.
Contra este auto no cabe interponer recurso alguno distinto al que, en su caso, pueda interponerse frente a la resolución aclarada.»
Y para que sirva de notificación en legal forma a SOLO PADEL INDOOR, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a cuatro de abril de dos mil dieciséis.– El/La Letrado de la Administración de Justicia, rubricado.