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Miércoles, 21 Marzo 2018 08:03

ETJ 22/18

1007

NOTIFICACION A IBERICA TOURING AUTOBUSESE SL DEL AUTO DE EXTINCION DE 15.03.2018
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JUZGADO DE LO SOCIAL N.2 DE GUADALAJARA


1007

JDO. DE LO SOCIAL N. 2 GUADALAJARA
AVENIDA DE EJERCITO 12, EDIF SERVICIOS MULTIPLES PLANTA PRIMERA

Tfno: 949209900
Fax: 949235274

Equipo/usuario: MT1

NIG: 19130 44 4 2017 0000922
Modelo: N28150

ETJ EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000022 /2018

Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000443 /2017

Sobre DESPIDO

EJECUTANTE: BEATRIZ CARDERO ESPLIEGO
ABOGADO/A: PABLO CARDERO CALVO

EJECUTADA:  FOGASA FONDO GARANTIA SALARIAL,  IBERICA TOURING AUTOBUSES SL 
ABOGADO/A:  LETRADO DE FOGASA,      ,     ,   

 

E D I C T O

Dª MARÍA PILAR BUELGA ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de GUADALAJARA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 22/2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª BEATRIZ CARDERO ESPLIEGO contra la empresa IBERICA TOURING AUTOBUSES SL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

“SE DECLARA:

-Extinguida la relación laboral entre la parte ejecutante, Dª Beatriz Cardero Espliego, y la parte ejecutada IBÉRICA TOURING AUTOBUSES, S.L. con efectos de esta resolución, 15 de marzo de 2018.

-Se condena a IBÉRICA TOURING AUTOBUSES, S.L. a satisfacer al ejecutante, una indemnización de 33 días por año, que supone el importe de 133,58 €.

- Se condena a la empresa a abonar a la demandante en concepto de salarios de tramitación el importe de 2.930,39 euros.

-Se condena a la empresa a abonar al demandante en concepto de salarios adeudados el importe de 936,46 euros.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 2 abierta en BANCO SANTANDER SA, cuenta nº 2178 0000 64 0022 18, debiendo indicar en el campo concepto "Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a IBERICA TOURING AUTOBUSES SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara, a quince de marzo de dos mil dieciocho.EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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  • Municipios: Guadalajara
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