Ayuntamiento de Peñalver
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Edicto
APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL EJERCICIO 2016
Aprobado definitivamente por este Ayuntamiento de Peñalver, al no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública, el Presupuesto general y la Plantilla de personal para el presente ejercicio de 2016, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 69.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se da publicidad al presente:
RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPÍTULOS
PRESUPUESTO DE GASTOS |
||
CAPÍTULO |
CONCEPTO |
CONSIGNACIÓN |
1 |
Gastos de personal |
86.000,00 |
2 |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
76,000,00 |
3 |
Gastos financieros |
100,00 |
4 |
Transferencias corrientes |
32.900,00 |
6 |
Inversiones reales |
33.000,00 |
7 |
Transferencias de capital |
0,00 |
8 |
Activos financieros |
0,00 |
9 |
Pasivos financieros |
0,00 |
TOTAL EUROS |
228.000,00 |
|
PRESUPUESTOS DE INGRESOS |
||
CAPÍTULO |
CONCEPTO |
CONSIGNACIÓN |
1 |
Impuestos directos |
85.000,00 |
2 |
Impuestos indirectos |
0,00 |
3 |
Tasas, precios públicos y otros ingresos |
76.000,00 |
4 |
Transferencias corrientes |
55.000,00 |
5 |
Ingresos patrimoniales |
12.000,00 |
6 |
Enajenación de inversiones reales |
0,00 |
7 |
Transferencias de capital |
0,00 |
8 |
Activos financieros |
0,00 |
9 |
Pasivos financieros |
0,00 |
TOTAL EUROS |
228.000,00 |
PLANTILLA DE PERSONAL APROBADA JUNTO CON EL PRESUPUESTO PARA 2016
A) Funcionarios:
Secretario-Interventor: 1.
Grupo: A1.
Nivel complemento de destino: 28.
B) Personal laboral fijo:
Auxiliar: 1.
Operario servicios múltiples: 1.
C) Personal laboral temporal:
Auxiliar de ayuda a domicilio: 3.
Contra el presente Presupuesto, las personas y entidades a las que se refiere los artículos 63.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 170.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos enumerados en el número 2 del mencionado artículo 170, podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde la publicación del presente anuncio en el BOP.
Peñalver a 7 de abril de 2016.– El Alcalde, José Ángel Parra Mínguez.