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Miércoles, 18 Mayo 2016 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

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ETJ Ejecución de Títulos Judiciales 233/2014Demandante/s: D./D.ª Daniela Nicoleta Sabau, Cosmin Blaga

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Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara

 

1163

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NIG: 19130 44 4 2013 0202154

N28150

ETJ Ejecución de Títulos Judiciales 233/2014

Procedimiento origen: Procedimiento ordinario 861/2013

Sobre ordinario

Demandante/s: D./D.ª Daniela Nicoleta Sabau, Cosmin Blaga

Demandado/s: D./D.ª Claudia Esperanza Restrepo Colorado

Edicto

D./D.ª  María Pilar Buelga Álvarez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara,

HAGO SABER: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 233/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D.ª Daniela Nicoleta Sabau y D. Cosmin Blaga contra D.ª Claudia Esperanza Restrepo Colorado, se ha dictado en el día de hoy Decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada D.ª Claudia Esperanza Restrepo Colorado en situación de insolvencia total por importe de 3. 911,77 euros en concepto de principal (esta cantidad se desglosa: a D.ª Daniela Nicoleta Sabau corresponden 3.134,47 euros (2.849,52 euros más 284,95 euros de interés moratorio), y a D. Cosmin Blaga corresponden 857,30 euros (779,37 euros más 77,93 euros de interés moratorio)), insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

e) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el ar­tícu­lo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta n.º 2178 0000 64 0233 14 en el Banco Santander SA debiendo indicar en el campo concepto «recurso» seguido del código «31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.»

Y para que sirva de notificación en legal forma a D.ª Claudia Esperanza Restrepo Colorado, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a doce de abril de dos mil dieciséis.– El/La Letrado de la Administración de Justicia, rubricado.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Guadalajara
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