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Miércoles, 01 Junio 2016 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1463

PO procedimiento ordinario 749/2015-EDemandante/s: D./D.ª Fundación Laboral de la Construcción

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Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara

 

1463

Equipo/usuario: MGM

NIG: 19130 44 4 2015 0001599

Modelo: N81291

PO procedimiento ordinario 749/2015-E

Procedimiento origen:

Sobre ordinario

Demandante/s: D./D.ª Fundación Laboral de la Construcción

Abogado/a: Mariano Gómez Esteban

Procurador:

Demandado/s: D./D.ª INREDA DECORACIÓN S.L.

Abogado/a:

Procurador:

Edicto

D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ordinario 749/2015-E de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra INREDA DECORACIÓN, S.L., sobre ordinario, se ha acordado citar a la empresa indicada en ignorado paradero, a fin de que comparezcan en este Juzgado para la celebración del acto de conciliación ante el Secretario Judicial, el día 29/06/2016, a las 11:15 horas, y el mismo día, a las 11:20 horas, para la celebración, en su caso, del acto de juicio, y al objeto de practicar la prueba de interrogatorio de las partes, en calidad de demandado, como Representante legal de la empresa demandada. Al ostentar la condición de persona jurídica, se pone en su conocimiento que será su legal representante quien deberá comparecer al acto del juicio para la práctica del interrogatorio, siempre que hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso. Si quien intervino en los hechos controvertidos no hubiera sido su legal representante, será la persona que tenga conocimiento personal de los hechos quien habrá de comparecer al acto del juicio para la práctica de la prueba (art. 309.1 LEC). Sin perjuicio de que, si desea que esa persona sea citada por conducto judicial, así deberá comunicarlo antes de diez días a la fecha prevista para el juicio. A tal efecto, se le indica que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren, en todo o en parte, perjudiciales (art. 91.2 LPL).

Tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número 2, sito en Avenida del Ejército n.º 12, 1.ª planta (Edificio de Servi­cios Múltiples) de Guadalajara, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo las que revistan forma de auto o emplazamiento.

Y para que sirva de citación al Representante Legal de INREDA DECORACIÓN, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a veintiocho de abril de dos mil dieciséis.– El/La Letrado de la Aministración de Justicia, rubricado.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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