Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
3214
Equipo/usuario: ggg
NIG: 19130 44 4 2014 0000688
Modelo: N28150
ETJ Ejecución de Títulos Judiciales 42/2015
Procedimiento origen: Despido/Ceses en general 587/2014
Sobre Despido
Ejecutante: D./D.ª Cristina Morari Drelciuc
Abogado/a: Oscar Torres Valverde
Ejecutadas: COMPLEJO ALCOLEA SL, ASCIL H-8 SL, EXPLOTACIONES PETROLIFERAS MEDITERRANEAS SL.
Edicto
D.ª María Pilar Buelga Alvarez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de Guadalajara, hago saber:
Que en el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 42/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Cristina Morari Drelciuc contra la empresa COMPLEJO ALCOLEA SL, ASCIL H-8 SL y EXPLOTACIONES PETROLIFERAS MEDITERRANEAS SL, sobre Despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
“PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda declarar la sucesión empresarial de EXPLOTACIONES PETROLIFERAS MEDITERRANEAS, S.L. COMPLEJO ALCOLEA, S.L., en las obligaciones de COMPLEJO ALCOLEA, S.L. y ASCIL H-8, S.L., y la responsabilidad solidaria todas ellas, en las obligaciones declaradas en este procedimiento.
Modo de Impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en al plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este Jdo. de lo Social N. 2 abierta en Banco Santander SA, cuenta n.º 2178 0000 64 0042 15, debiendo indicar en el campo concepto “Recurso” seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.”
Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento en legal forma a COMPLEJO ALCOLEA, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara, a dieciocho de octubre de dos mil dieciséis.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.