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Miércoles, 07 Diciembre 2016 00:00

Mancomunidad de Municipios Tajo-Dulce

3479

A los efectos de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el ar­tícu­lo 177.2 del mismo texto legal y ar­tícu­lo 20.3 en relación con el ar­tícu­lo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público para general conocimiento que esta Corporación, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 13 de julio de 2016, adoptó acuerdo inicial de aprobar el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al Remanente de Tesorería para inversiones de conformidad con la Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, que afecta al presupuesto del ejercicio 2016, resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo y cuyo resumen por capítulos resulta del siguiente tenor:

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Mancomunidad de Municipios Tajo-Dulce

 

3479

Edicto

A los efectos de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el ar­tícu­lo 177.2 del mismo texto legal y ar­tícu­lo 20.3 en relación con el ar­tícu­lo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace público para general conocimiento que esta Corporación, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 13 de julio de 2016, adoptó acuerdo inicial de aprobar el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al Remanente de Tesorería para inversiones de conformidad con la Disposición Adicional Sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, que afecta al presupuesto del ejercicio 2016, resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo y cuyo resumen por capítulos resulta del siguiente tenor:

ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS (CRÉDITO EXTRAORDINARIO)

CLASIFICACIÓN

DENOMINACIÓN

IMPORTE

1.162.6.630.01

SUMINISTRO DE CONTENEDORES

4.325,00 €

TOTAL CRÉDITO EXTRAORDINARIO

4.325,00 €

   
   

ALTAS EN CONCEPTOS DE INGRESOS

CLASIFICACIÓN

DENOMINACIÓN

IMPORTE

870.00

REMANENTE PARA FINANCIAR CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

4.325,00 €

TOTAL MODIFICACIÓN

4.325,00 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Torremocha del Campo a 24 de noviembre de 2016.– El Presidente, Víctor Manuel Garcia-Ajofrin Pérez.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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