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Lunes, 26 Noviembre 2012 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

5385

N.º Autos: Demanda 0001198/2009.4-R. Demandante: Fundación Laboral de la Construcción.

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

5385

NIG: 19130 44 4 2010 0100369

01030

N.º Autos: Demanda 0001198/2009.4-R.

Demandante: Fundación Laboral de la Construcción.

Abogado/a:

Procurador:

Demandado: Ctnes. Hermanos Osorio, C.B.

Abogado/a:

Procurador:

REMITIENDO Edicto

Conforme a lo acordado en el juicio referenciado adjunto remito a V.I. Edicto, para su publicación en ese Boletín Oficial, interesando la remisión de un ejemplar del número en que se publique.

De conformidad con lo establecido por el artículo 11.2 de la Ley 5/02, de 4 de abril, reguladora de los Boletines oficiales de las Provincias, la publicación del edicto judicial está exenta de pago de tasa por haber sido ordenada de oficio mediante resolución del día de la fecha.

En Guadalajara a nueve de noviembre de dos mil doce.– El Secretario Judicial, rubricado.

Edicto

CÉDULA DE Notificación

D. Antonio de la Fuente Figuero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 001 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Demanda 0001198/2009.4-R de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Ctnes. Hermanos Osorio, C.B., sobre Ordinario, se ha dictado Sentencia, CUYO FALLO DICE:

Estimo la excepción de incompetencia de jurisdicción respecto de la demanda de Fundación Laboral de la Construcción, en reclamación de cantidad, en concepto de cuota empresarial, siendo demandado el empresario Ctnes. Hermanos Osorio, C.B., dejo sin decidir el fondo de lo reclamado en este proceso y remito a las partes a los órganos del orden civil de la jurisdicción,

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno, declarándose por tanto la misma firme.

Y para que le sirva de Notificación en Legal Forma a Ctnes. Hermanos Osorio, C.B., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a nueve de noviembre de dos mil doce.– El Secretario Judicial.

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  • Municipios: Guadalajara
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