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Miércoles, 31 Octubre 2012 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

4965

N.º autos: Ejecución de Títulos Judiciales 0000229/2012Demandante/s: Juan Carlos Hita Ruiz

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

4965

NIG: 19130 44 4 2012 0100272

N28150

N.º autos: Ejecución de Títulos Judiciales 0000229/2012

Demandante/s: Juan Carlos Hita Ruiz

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: Siemprekarne S.L.

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D. Antonio de la Fuente Figuero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 0000229/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. Juan Carlos Hita Ruiz contra la empresa Siemprekarne S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

DECRETO DE FECHA TRES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE QUE SE ADJUNTA

Y para que sirva de notificación en legal forma a Siemprekarne S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a tres de octubre de dos mil doce.– El/La Secretario/a Judicial.

NIG: 19130 44 4 2012 0100272

286200

N.º autos: DSP: 0000111/2012 del Juzgado de lo Social n.º 1

N.º ejecución: Ejecución de Títulos Judiciales 0000229/2012

Ejecutante/s: Juan Carlos Hita Ruiz

Abogado:

Representante Técnico Procesal:

Ejecutada/s: Siemprekarne S.L.

Abogado:

Representante Técnico Procesal:

DECRETO

Secretario Judicial D. Antonio de la Fuente Figuero

En Guadalajara a tres de octubre de dos mil doce

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En este Órgano Judicial se sigue el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 0000229/2012 a instancia de Juan Carlos Hita Ruiz frente a Siemprekarne S.L., despachándose ejecución por un importe de 5.917,24 euros de principal, y otras 591,72 euros presupuestados para costas e intereses.

SEGUNDO.- También en este Órgano Judicial se sigue el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 230/12 a instancia de Rocío Calvo Chicano frente a Siemprekarne S. L., despachándose ejecución por un importe de 4.034,39 euros de principal, y otras 403,43 euros presupuestados para costas e intereses.

TERCERO.- También en este Órgano Judicial se sigue el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 233/12 a instancia de José María Blaya de la Cruz frente a Siemprekarne S.L., despachándose ejecución por un importe de 5.889,72 euros de principal, y otras 588,97 euros presupuestados para costas e intereses.

CUARTO.- También en este Órgano Judicial se sigue el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 234/12 a instancia de Magdalena Maria Grenda frente a Siemprekarne S.L., despachándose ejecución por un importe de 4.286,15 euros de principal, y otras 428,61 euros presupuestados para costas e intereses.

QUINTO.- También en este Órgano Judicial se sigue el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 239/12 a instancia de Eduardo Ángel Moreno Tiscar frente a Siemprekarne S.L., despachándose ejecución por un importe de 4.985,72 euros de principal, y otras 498,57 euros presupuestados para costas e intereses.

SEXTO.- También en este Órgano Judicial se sigue el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 240/12 a instancia de Benjamín García Beato frente a Siemprekarne S.L., despachándose ejecución por un importe de 5.451,31 euros de principal, y otras 545,13 euros presupuestados para costas e intereses.

SÉPTIMO.- También en este Órgano Judicial se sigue el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 246/12 a instancia de Rubén Jodar Perales frente a Siemprekarne S.L., despachándose ejecución por un importe de 3.992,09 euros de principal, y otras 399,20 euros presupuestados para costas e intereses.

OCTAVO.- También en este Órgano Judicial se sigue el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 249/12 a instancia de Venko Sabinov Rizov frente a Siemprekarne S.L., despachándose ejecución por un importe de 5.278 euros de principal, y otras 527,8 euros presupuestados para costas e intereses.

NOVENO.- También en este Órgano Judicial se sigue el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 250/12 a instancia de Esther Barahona Fernández frente a Siemprekarne S.L., despachándose ejecución por un importe de 4.625,2 euros de principal, y otras 462,52 euros presupuestados para costas e intereses.

DÉCIMO.- También en este Órgano Judicial se sigue el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 253/12 a instancia de Vanesa Gómez Mostaza frente a Siemprekarne S.L. despachándose ejecución por un importe de 4.977,27 euros de principal, y otras 497,72 euros presupuestados para costas e intereses.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- De conformidad con el artículo 37.1 de la LPL, cuando las acciones ejercitadas tienda a obtener la entrega de una cantidad de dinero y existan indicios de que los bienes del deudor o deudores pudieran ser insuficientes para satisfacer la totalidad de los créditos que se ejecutan, deberá acordarse la acumulación de ejecuciones, de oficio a instancia de parte, de seguirse ante un mismo juzgado.

SEGUNDO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, el/la Secretario/a judicial responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LJS.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Acumular a la presente ejecución las ejecuciones seguidas en este Órgano Judicial con los número de ejecución 230/12, 233/12, 234/12, 239/12, 240/12, 246/12, 249/12, 250/12 y 253/12 por un importe acumulado de 49.437,09 euros de principal más 4.943,70 euros de intereses y costas.

1.- Proceder a la averiguación de bienes, vía informática, que se une a los presentes autos.

2.- El embargo sobre el saldo existente y sobre los ingresos que pudieran producirse en las cuentas corrientes que el ejecutado posee en las Entidades Banco Sabadell SA, y Bankia SA a fin de que retengan y pongan a disposición de este Juzgado el importe de principal y costas que se reclaman para asegurar la responsabilidad de 49.437,09 euros de principal más 4.943,70 euros presupuestado provisionalmente para costas e intereses, librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.

3.- Procédase a dar de alta la solicitud de embargo de devoluciones de la AEAT a través de la aplicación telemática de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones Judiciales.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

El Secretario Judicial.

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