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Lunes, 19 Noviembre 2012 12:12

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

5255

Procedimiento: Juicio Verbal 0001223/2008-B De D./D.ª Manuel Chico González, Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija

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Juzgado de Primera Instancia número uno de Guadalajara

 

5255

 

NIG: 19130 42 1 2008 0006006

Procedimiento: Juicio Verbal 0001223/2008-B

Sobre Otras Materias

De D./D.ª Manuel Chico González, Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija

Procurador/a Sr./Sra. Andrés Taberné Junquito, María del Carmen Román García

Contra D./D.ª Norberto Konkol, Hertz de España SL, Probus Insurance Company E.L.

Procurador/a Sr./Sra., María Teresa Hernández Arroyoo

Edicto

D.ª Carmen Casado Navarro, Secretaria Judicial, del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Guadalajara, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento JVB 1223/08 seguido a instancia de Manuel Chico González y Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija, frente a Norberto Konkol, Hertz de España SL y Probus Insurance Company E.L., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y cuyo fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia n.º 39/10

En Guadalajara a 2 de marzo de 2010.

El Sr. D. Manuel Buceta Miller, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de los de este partido, ha visto los presentes autos de juicio declarativo verbal, seguidos en este juzgado con el número 1.223/08, a instancia de Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija representada por la Procuradora Sra. Román García y asistida por el letrado Sr. Lozoya García, y Don Manuel Chico González, representado por el Procurador Sr. Taberné Junquito y asistido por el letrado Sr. González Juan, contra Hertz España, S.L. y Probus Insurance, S.L. representadas por el procurador Sra. Hernández Arroyo y asistidas del letrado Sr. José Bueno Torres, y contra D. Norberto Konkol, en situación procesal de rebeldía, y con base en los siguientes;

FALLO

Con estimación de la demanda promovida por Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija representada por la Procuradora Sra. Román García y asistida por el letrado Sr. Lozoya García, y D. Manuel Chico González representado por el Procurador Sr. Taberné Junquito y asistido por el letrado Sr. González Juan, contra Hertz España, S.L. y Probus Insurance, S.L., representadas por el procurador Sra. Hernández Arroyo y asistidas del letrado Sr. José Bueno Torres, y contra D. Norberto Konkol, en situación procesal de rebeldía, debo condonar y condeno a los demandados a que abonen a la actora Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija la cantidad de 820,26 euros más los intereses legales, y a D. Manuel Chico González la cantidad de 1.828,57 euros, incrementada en lo intereses legales previstos en el art. 20 de la LCS. En materia de costas se imponen a los demandados.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Guadalajara, que deberá prepararse, en su caso, ante este juzgado en el plazo de cinco días, a contar desde la notificación de la presente, de conformidad con los art. 455 y siguientes de la LEC 1/00, haciéndose saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en la LO 1/2009, de 3 de noviembre, será requisito necesario para recurrir la presente resolución, salvo que el litigante gozare del derecho a litigar gratuitamente, la previa consignación de un depósito de 50 euros en la “Cuenta de Depósitos y Consignaciones” de este Juzgado, lo que deberá acreditarse en esta Secretaría para su oportuna verificación y constancia en los presentes autos.

Líbrese testimonio literal de esta sentencia, que quedará en las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo

Y encontrándose el demandado, Norberto Konkol, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Guadalajara a 22 de junio de 2012.– El/La Secreta Judicial, rubricado.

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