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Lunes, 23 Mayo 2016 11:25

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1288

Habiendo presentado, con fecha 12 de noviembre de 2012, reclamación de daños producidos en los cultivos por las piezas de caza provenientes del coto privado de caza de titularidad municipal n.º GU-10161, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.1 y 2 a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27) y artículo 183.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (BOE de 22 de diciembre), se hace público el Decreto de Alcaldía 3/2016, de 11 de abril, por el que se delegan las competencias de Alcaldía en relación a dicho expediente, cuya parte dispositiva establece lo siguiente:

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Ayuntamiento de Abánades

 

1288

Edicto

Habiendo presentado, con fecha 12 de noviembre de 2012, reclamación de daños producidos en los cultivos por las piezas de caza provenientes del coto privado de caza de titularidad municipal n.º GU-10161, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.1 y 2 a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27) y artículo 183.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (BOE de 22 de diciembre), se hace público el Decreto de Alcaldía 3/2016, de 11 de abril, por el que se delegan las competencias de Alcaldía en relación a dicho expediente, cuya parte dispositiva establece lo siguiente:

PRIMERO: Abstenerme, por causa de interés personal, respecto de cualesquiera cuestiones municipales relacionadas con el expediente mencionado.

SEGUNDO: Delegar en el Teniente de Alcalde D. Marciano Olmeda Barbas, todas las atribuciones que correspondiesen a esta Alcaldía en relación al referido asunto.

TERCERO: Notificar la presente resolución al Teniente de Alcalde D. Marciano Olmeda Barbas, y publicarla en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha de este decreto, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que ésta celebre.

CUARTO: Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con establecido en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia de este ayuntamiento, en el término de un mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara en el término de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.

En Abánades a 11 de abril de 2016.– El Alcalde, Luis Miguel Foguer Pariente.

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  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Abánades
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