Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
1927
NIG: 19130 44 4 2012 0101495
N28150
N.º autos: Procedimiento Ordinario 508/2012
Demandante/s: Samia Zammouri
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: Torija Pérez, Obras e Inmuebles, S.L., José Manuel Torija Pérez
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D/D.ª Antonio de la Fuente Figuero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Procedimiento Ordinario 0000508/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Samia Zammouri contra la empresa Torija Pérez, Obras e Inmuebles, S.L., José Manuel Torija Pérez, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Torija Pérez, Obras e Inmuebles, S.L., José Manuel Torija Pérez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a diecinueve de marzo de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.
PROVIDENCIA DEL ILMO/A SR/A MAGISTRADO/A JUEZ.
D./D.ª Jesús González Velasco.
En Guadalajara a diecinueve de marzo de dos mil trece.
Dada cuenta, el anterior escrito únase a los autos de su razón, se tiene por aclarada la demanda y dese traslado a la parte demandada para la audiencia ya fijada el día 7 de mayo de 2013 a las 13:15 horas de su mañana.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos, y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Así lo acuerda y firma SS.ª. Doy fe.
El/La Magistrado/a Juez. El/La Secretario/a Judicial.