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Viernes, 08 Marzo 2013 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

979

N.º autos: Despido/ceses en general 0001066/2012 - RDemandante/s: María Esther Nieto Aparicio

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

979

NIG: 19130 44 4 2012 0221591

N28150

N.º autos: Despido/ceses en general 0001066/2012 - R

Demandante/s: María Esther Nieto Aparicio

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: Mina Amani Promotions SL

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

EDICTO

D./D.ª Antonio de la Fuente Figuero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento despido/ceses en general 0001066/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D./D.ª María Esther Nieto Aparicio contra la empresa Nina Amani Promotions SL, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, sentencia n.º 45/2013, cuya parte dispositiva se adjunta:

FALLO:

1.º) Estimo en parte la demanda de doña María Esther Nieto Aparicio, interpuesta en reclamación frente a despido, siendo demandada Mina Amani Promotions S. L., declaro la improcedencia del mismo, extingo en el día de hoy el contrato de trabajo y declaro el derecho de la parte demandante a los efectos que se expresarán en el apartado siguiente. Desestimo el resto de la demanda.

2.º) Condeno al referido empresario Mina Amani Promotions S. L., a pasar por los efectos de esta declaración y a que, le indemnice con la cantidad de 2.269,82 €, y le abone en concepto de salarios de tramitación la cantidad de 3.873,50 € por 157 días desde el despido hasta hoy, si bien la demandante deberá ingresar el importe que hubiera podido percibir en concepto de prestación por desempleo durante este tiempo, en la cuenta del Servicio Público de Empleo Estatal.

3.º) Condeno al Fondo de Garantía Salarial a pasar por los efectos de las anteriores declaraciones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Mina Amani Promotions S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a veintiuno de febrero de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

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