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Miércoles, 27 Febrero 2013 00:00

Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara

933

Aprobada la matrícula de contribuyentes relativa a las Tasa por prestación del servicio de recogida de basuras, correspondiente al tercer cuatrimestre del ejercicio 2012, queda expuesta al público en las oficinas de este Excmo. Ayuntamiento a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

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Economía y Hacienda

 

933

SECCIÓN PRIMERA RENTAS

EDICTO

Aprobada la matrícula de contribuyentes relativa a las Tasa por prestación del servicio de recogida de basuras, correspondiente al tercer cuatrimestre del ejercicio 2012, queda expuesta al público en las oficinas de este Excmo. Ayuntamiento a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

La exposición al público de la matrícula producirá los efectos de notificación de las liquidaciones contenidas en la misma, a los fines de la notificación colectiva prevista en el artículo 102.3, de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, pudiéndose interponer contra dichos actos recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la finalización del periodo voluntario de pago.

Periodo de pago:

Pago en periodo voluntario: En aplicación del art. 62.3 del citado texto legal, queda fijado el siguiente plazo de ingreso en período voluntario de la Tasa por prestación del servicio de recogida de basuras, correspondiente al tercer cuatrimestre del ejercicio 2012:

Del 5 de marzo de 2013 al 6 de mayo de 2013.

Pago en periodo ejecutivo: Transcurridos los plazos anteriormente señalados, las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio del 20%, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. No obstante, este recargo será del 5% una vez vencido el periodo en voluntaria hasta la notificación de la providencia de apremio, y se cobrará el recargo de apremio reducido del 10% desde la notificación de la providencia de apremio hasta la finalización del plazo marcado por el artículo 62.5 de la Ley 58/2003 General Tributaria, de 17 de diciembre.

Se recuerda la posibilidad y conveniencia de utilizar la modalidad de domiciliación bancaria.

Lugar de pago:

El ingreso deberá efectuarse en cualquier sucursal de las entidades colaboradoras que a continuación se relacionan, en el horario de atención al público que cada entidad tenga establecido, acompañando el juego de impresos que recibirán a tal fin en su domicilio.

ENTIDADES COLABORADORAS:

Caja Rural Castilla-La Mancha, Banco Bilbao-Vizcaya, Banca Cívica, Banco Santander, Ibercaja Banco S.A.U., Bankia S.A., Caixabank S.A., Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria S.A.U., Banco de Castilla-La Mancha S.A., Nova-Galicia y Banco Gallego.

Duplicados:

Los contribuyentes que no reciban los documentos de cobro pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas de la entidad gestora Ibercaja para solicitarlos.

Guadalajara, 24 de enero de 2013.– El Concejal Delegado de Hacienda, Alfonso Esteban Señor.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Guadalajara
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