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Viernes, 10 Mayo 2013 11:39

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

2116

Autos n.º: Procedimiento Ordinario 652/2011 Materia: Materias laborales individuales

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Juzgado de lo Social número catorce de Madrid

 

2116

NIG: 28.079.44.4-2011/0026665

Autos n.º: Procedimiento Ordinario 652/2011

Materia: Materias laborales individuales

Ejecución n.º: 224/2012

Ejecutante: Dña. Holmu Adela y D. Ioan Sebastian Pierino Holmu

Ejecutado: Juliemi SL, Fondo de Garantía Salarial

Edicto

CÉDULA DE Notificación

Dña. María Ángeles Charriel Ardebol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social n.º 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento de ejecución n.º 224/2012 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. Holmu Adela y D. Ioan Sebastian Pierino Holmu frente a Juliemi SL, Fondo de Garantía Salarial, sobre Ejecución forzosa, se ha dictado Decreto de 16/04/2013 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 6.248,38 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado Juliemi SL por importe de 6.248,38 euros de principal, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Notifíquese la presente resolución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2512-0000-64-0224-12.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

La Secretario Judicial, Dña. María Ángeles Charriel Ardebol.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Juliemi SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid a dieciséis de abril de dos mil trece.– La Secretaria Judicial, rubricado.

Información adicional

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