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Lunes, 20 Junio 2016 09:21

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1667

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS RESIDUALES

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Ayuntamiento de Marchamalo

 

1667

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APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal para el control de la contaminación de las aguas residuales de Marchamalo, que se adoptó el pasado 05 de abril de 2016, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS RESIDUALES

1º.- Se incorporar una apartado 2, al ar­tícu­lo 2, con el siguiente contenido:

«2. En todo caso, estarán obligadas a presentar solicitud de autorización de vertidos, las industrias recogidas en el anexo II a la presente ordenanza.»

2º.- Se incorpora un apartado i), al ar­tícu­lo 3, con el siguiente contenido:

«i) Los recogidos en el anexo I a la presente ordenanza.»

3º.- Se incorpora un apartado 3, al ar­tícu­lo 6, con el siguiente contenido:

«3. El pozo registro a que hace referencia el apartado anterior para la toma de muestras y mediciones de caudales u otros parámetros, se ejecutará conforme a las determinaciones previstas en el anexo III a la presente ordenanza

4º.- Se incorpora el contenido del anexo IV al cuadro de parámetros y concentraciones máximas del art. 4, que quedaría como sigue:

PARÁMETROS

CONCENTRACIÓN EN MG/L

PH

5,5-10

TEMPERATURA (ºC)

50

SÓLIDOS EN SUSPENSIÓN

600

DBO5

600

DQO (DICROMATO)

1.500

ACEITES Y GRASAS

100

FENOLES TOTALES

10

CIANUROS

5

SULFUROS

5

HIERRO

50

PLOMO

1,5

CROMO TOTAL

5

CROMO HEXAVALENTE

4

COBRE

4

CINC

7

NIQUEL

5

ESTAÑO

3

SELENIO

1

MERCURIO

0,5

CADMIO

1

BORO

4

ARSÉNICO

1,5

TOTAL METALES ANTERIORES EXCEPTO HIERRO

15

ALUMINIO

20

BARIO

20

FLUORURO

9

MANGANESO

2

PLATA

0,1

SÓLIDOS SEDIMENTALES

10

NITRÓGENO TOTAL

100

ACEITES MINERALES

50

COBALTO

0,2

CLORUROS

1.500

DETERGENTES TOTALES

10

FOSFATOS

100

FÓSFORO TOTAL

15

NITRÓGENO OXIDADO

40

SULFATOS

250

NITRATOS

50

CONDUCTIVIDAD

3.000 ms/cm

Contra el acuerdo adoptado podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Marchamalo a 6 de junio de 2016.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.

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